
¿Cansado de que las empresas llamen para ofrecer sus servicios? Indecopi le indica qué hacer
- Los consumidores pueden revocar su consentimiento o cancelar el tratamiento de sus datos personales.
¿Le ha pasado que recibe llamadas de empresas constantemente y no sabe qué hacer? Actualmente, muchos ciudadanos reciben insistentes llamadas o comunicaciones de empresas que buscan ofrecer sus productos o servicios, lo cual genera constante malestar en estos. Al respecto, el Indecopi recuerda que este tipo de comunicaciones solo puede realizarse con el consentimiento previo, informado, expreso e inequívoco, de lo contrario se trataría de un método comercial agresivo, que es una práctica prohibida que limita la libertad de elección.
Es importante que la ciudadanía, de manera previa a la contratación, se informe de los términos y condiciones ofertadas, así como de las políticas de tratamiento de datos personales. En tanto que, al momento de adquirir productos o servicios, especialmente por internet, las empresas podrían incluir la autorización del envío de publicidad o promociones a través de llamadas, mensajes o correos, e incluso compartir esta información con sus socios comerciales.
¿Qué hacer al respecto?
La normativa de protección de datos personales indica que cualquier ciudadano puede revocar el consentimiento brindado o solicitar la cancelación del tratamiento de sus datos personales. En caso de que un ciudadano desee revocar su autorización, esta debe ser atendida en el plazo de 5 días hábiles y en caso de que solicite la cancelación, la misma debe ser atendida en un plazo máximo de 10 días hábiles. Vencidos los referidos plazos, la empresa está obligada a borrar los datos personales del consumidor de su base de datos.
En caso el proveedor se niegue a cumplir con la solicitud realizada, el consumidor puede presentar una denuncia ante la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Asimismo, si pese a ello el consumidor continúa recibiendo comunicaciones con fines comerciales, puede presentar un reclamo ante el Indecopi. Cabe precisar que, el ciudadano debe identificar plenamente a la empresa que lo está contactando y puede utilizar como prueba la grabación de las llamadas.
De comprobarse estos hechos las áreas resolutivas del Indecopi pueden multar a las empresas con hasta 450 UIT, es decir más de S/2 000 000. En los últimos cuatro años, la Comisión de Protección al Consumidor n.°3 del Indecopi sancionó a 44 empresas e impuso multas por más de 1104.53 UIT, por no solicitar el consentimiento previo a los usuarios para promocionar sus productos o servicios a través de llamadas, mensajes, correos electrónicos, u otros medios.
“¡Me ha pasado!”
Cabe precisar que el Indecopi ha lanzado su campaña digital “¡Me ha pasado!”, a través de la cual recreará diversas situaciones del día a día para que la ciudadanía conozca las competencias del Indecopi y los servicios que ofrece: https://acortar.link/rycR8L
Indecopi tiene a disposición canales como: plataforma Reclama virtual (https://bit.ly/3cYZYlj); teléfonos (01) 224 7777, para Lima, y 0 800 4 4040, para regiones; además del correo electrónico sacreclamo@indecopi.gob.pe