Debido a un proceso judicial en trámite el Indecopi suspende procedimiento sobre extracción de recursos marinos en áreas protegidas

Noticias
  • El PJ evaluará la legalidad de la prohibición que impide la extracción de recursos hidrobiológicos, en áreas naturales protegidas, ante una norma del Sernanp.

 

La Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi suspendió en primera instancia el procedimiento iniciado por la Sociedad Nacional de Pesquería en contra del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, el Ministerio de la Producción y el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, debido a la imposición de una barrera burocrática presuntamente ilegal y/o carente de razonabilidad sobre la prohibición para la extracción de recursos hidrobiológicos en mayor escala dentro de las áreas naturales protegidas. La citada imposición está contenida en el numeral 112.5) del artículo 112 del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobado mediante Decreto Supremo N°038-2001-AG.

A través de la Resolución N°0364-2024/CEB-INDECOPI del 6 de septiembre de 2024, la Comisión de Eliminación de Barreras dispuso tal suspensión debido a que la Sociedad Nacional de Pesquería ha interpuesto una demanda de acción popular ante el Poder Judicial, el mismo que evaluará la legalidad de la prohibición que recoge también el Decreto Supremo N°038-2001-AG.

En ese sentido, los argumentos sobre la ilegalidad y/o carencia de razonabilidad de la barrera burocrática cuestionada y demás pedidos, recién podrán ser evaluados por el Indecopi luego de que se levante la mencionada suspensión del procedimiento.

 

Glosario.

Barrera burocrática: Es toda exigencia, requisito, limitación, prohibición y/o cobro que imponga cualquier entidad, dirigido a condicionar, restringir u obstaculizar el acceso o permanencia de los agentes económicos en el mercado, o que puedan afectar a la ciudadanía en la tramitación de procedimientos administrativos sujetos a las normas y principios que garantizan la simplificación administrativa.

Agregue un comentario

Su dirección de correo no se hará público. Los campos requeridos están marcados *